En días recientes la modificación a la Norma de etiquetado NOM-051 ha sido publicada. Aunque entrará en vigor en un periodo de aproximadamente 6 meses (1º de octubre), es un momento crucial para que la industria de alimentos en México pueda implementar una estrategia que le permita no solo cumplir, sino aprovechar al máximo esta nueva ley.
Es fundamental para la industria de alimentos entender el nuevo contexto regulatorio y trazar planes de agotamiento, conocer tiempos y estrategias de implementación para cada producto, así como explorar posibles prórrogas.
En Lyra consultores conocemos a profundidad el impacto de la Norma y contamos con los especialistas que necesitan para diseñar e implementar una estrategia exitosa para tus productos en particular. Desde ahora te decimos: será un gusto ser tu aliado, gracias por contactarnos.
A continuación, te ofrecemos una breve cronología de la situación presente y de futuro inmediato de la NOM-051, así como una serie de recomendaciones generales para los industriales del sector alimenticio.
Contacta a los expertos de Lyra Consultores y no pospongas más la implementación de una estrategia exitosa.
Situación de la Norma de etiquetado NOM-051 2020:
- 11 de marzo del 2020 fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en su versión vespertina la respuesta a comentarios atendidos de la consulta pública.
- 26 de marzo del 2020 se publica la respuesta al dictamen de la NOM-051 en CONAMER.
- 27 marzo del 2020, queda publicada en el DOF en su versión vespertina, la “Modificación a la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados- Información comercial y sanitaria”.
SIGUIENTES PASOS:
- El 1º de octubre del 2020 entra en vigor dicha NOM; deberán estar realizados los cambios en las etiquetas de los productos, es decir, deberán implementarse los Sellos y leyendas.

- El 1º. de abril del 2021, entra en vigor de la totalidad de la NOM; es decir: no uso de personajes, dibujos o juegos. Uso de contraseña oficial (NOM-XXX), productos imitación. No declaraciones de salud si se tiene al menos un sello, no declaraciones de contenido nutrimental si se tiene al menos un sello relacionado a ese nutrimento.
- Los perfiles nutrimentales cambiarán gradualmente (Tabla 6- Perfiles nutrimentales para la declaración nutrimental complementaria), siendo la PRIMERA FASE del 1º. de octubre del 2020 al 30 de septiembre del 2023, SEGUNDA FASE del 1º de octubre del 2023 al 30 de septiembre del 2025 y finalmente, la TERCERA FASE para el 1º octubre 2025.
Posibles impactos con la entrada en vigor de la Norma de Etiquetado NOM-051.
- Productos que no portarán sellos porque no contienen nutrimentos críticos añadidos, pudieran beneficiarse.
- Se prevé menor impacto en categorías consideradas como “indulgentes”.
- Mayor impacto en productos con sellos considerados o percibidos como saludables (oportunidad para reformular).
- Mayor preocupación por el sello de sodio (oportunidad para reformular).
- Impacto mayor en supermercados que en canales tradicionales
- Oportunidad para generar líneas de productos paralelas (con sellos vs reformulados sin sellos).
- En categorías consideradas para niños, la leyenda de edulcorantes puede tener un impacto negativo.
RECOMENDACIONES DE ACCIONES A TOMAR
- Realizar un diagnóstico de portafolio total para conocer el número de sellos que portaría cada producto.
- Realizar un levantamiento de los inventarios, así como del alcance de estos para trazar un plan de agotamiento y conocer los tiempos que cada empresa tendrá para implementar los cambios, así como para prever las posibles prórrogas que deberás solicitar para evitar gastos de materiales obsoletos y a la vez poder cumplir con los tiempos de entrada en vigor.
- Determinar si por cuestiones de optimización en la implementación, sea mejor realizar todos los cambios desde un inicio en su totalidad o bien implementar una estrategia paulatina que culmine en abril del 2021.
- Revisar qué oportunidades de reformulación existen, partiendo de un análisis de costo-beneficio, asimismo será importante indicar en qué categoría se encuentra posicionado nuestro producto (saludable, funcional, indulgente, dirigido a niños o un target específico) para que con esta información se tomen decisiones objetivas y éticas.


